viernes, 29 de marzo de 2013

Funciones del delegado



Son funciones del Delegado de Alumnos del Centro (en nuestro caso Barcelona):
a) Canalizar aquellas peticiones e iniciativas propuestas por los alumnos del Centro hacia el Consejo de Alumnos de dicho Centro, el Claustro Académico, el Patronato, la Junta Rectora del Centro o las Autoridades académicas de la Sede Central. También transmitirá, hacia los alumnos del Centro, la información recibida desde otros órganos de la representación de alumnos en la Universidad.
b) Asumir la máxima representación del Consejo de Alumnos del Centro, cuyas reuniones convocará y presidirá.
c) Actuar como órgano de diálogo con los diversos Coordinadores de División, así como con los órganos directivos y administrativos del Centro.
d) Ser miembro del Consejo de Dirección del Centro, participando en las distintas actividades que en dicho Centro se programen.
e) Actuar, con la representación que ostenta, en la redacción de incidencias para adjuntarlas a las correspondientes Actas de los Tribunales de Pruebas Presenciales, velando por el cumplimiento de la normativa vigente. Así mismo podrá hacer constar cualquier actuación que afecte a los alumnos, prestando especial interés, a que ningún alumno discapacitado sea discriminado por dicha condición, dejando constancia, en todo caso, en el Acta correspondiente.
f) Participar en las reuniones del Patronato o de la Junta Rectora del Centro.
g) Canalizar la información de las Secciones que no tengan Delegado si bien, en ningún caso, ostentará la representación directa de las mismas.
h) Cualesquiera otras que puedan derivarse de su representación.
i) Velar por la integración de los alumnos con discapacidad del Centro.
j) Incentivar y desarrollar la participación de los alumnos en la vida acad émica del Centro.



Son funciones del Delegado de Sección (en nuestro caso de Ciencias):

a) Canalizar todas las peticiones e iniciativas de los alumnos de su Sección, en relación con la actividad académica de su Facultad o Escuela, transmitiendo las mismas, cuando proceda, al Delegado del Centro, Delegado de Facultad o Escuela, representantes en Departamentos y, en su caso, al Delegado Nacional de Alumnos, Director del Centro o a los órganos de Gobierno de su Facultad o Escuela. Igualmente canalizará, hacia los alumnos de su Sección, la información obtenida durante la asistencia a todo tipo de reuniones en los diferentes órganos de la Universidad.
b) Actuar como órgano de diálogo con los Profesores Tutores de su Sección y con los distintos profesores de los Departamentos Universitarios de su Facultad o Escuela, participar con ellos en la coordinación de convivencias y en sus reuniones convocadas por el Coordinador de su Sección con la suficiente antelación.
c) Ser miembro, en su caso, del Consejo de Dirección y Claustro Académico de su Centro.
d) Actuar, con la representación que ostenta, en la redacción de incidencias para adjuntarlas a las correspondientes Actas de los Tribunales de Pruebas Presenciales.
e) Participar en la elaboración de actividades académicas, de extensión universitaria y culturales en conexión con el Consejo de Alumnos del Centro.
f) Participar en la elección y poder ser elegido Delegado de Facultad o Escuela, miembro de la Comisión Permanente, del Consejo General de Alumnos o de cualquier otro órgano que se pueda crear dentro del ámbito relacionado con su Facultad o Escuela.
g) Cualesquiera otras que puedan derivarse de su representación.


Aquí puedes encontrar la información correspondiente a los órganos de Representación de estudiantes 

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